Xcity y las seis sociedades constituidas durante la disputa judicial por la Ley de Tierras
Un grupo internacional inscribió seis nuevas sociedades argentinas entre los fallos de la Corte Suprema. Xcity anuncia 400.000 hectáreas en San Juan, con centros de datos, ciudadanía por inversión y gobernanza mediante algoritmos. La titularidad territorial y el financiamiento permanecen sin acreditar públicamente

Entre los dos fallos de la Corte Suprema que abrieron una ventana de diez días de vigencia de la derogación de la Ley de Tierras, seis nuevas sociedades argentinas vinculadas con compañías extranjeras se constituyeron bajo una misma administración. Todas fueron constituidas el 1 de octubre de 2026, apenas dos días después de la primera decisión judicial, y sus avisos se publicaron hasta el 9 de octubre, fecha del segundo fallo. Forman parte del entramado del proyecto Xcity, encabezado por Maodong Xu, empresario sancionado de por vida por el regulador bursátil chino, que anuncia una ciudad tecnológica sobre 400.000 hectáreas en San Juan. La empresa ya promociona derechos de uso de tierras para inversores internacionales y plantea organizar su emprendimiento mediante gobernanza automatizada, mientras ofrece servicios vinculados con ciudadanía por inversión y presenta el RIGI como incentivo para instalar grandes centros de datos. La investigación reconstruye las inscripciones societarias y la documentación empresarial en el contexto de las reformas desregulatorias del Gobierno, y examina las preguntas todavía abiertas sobre los derechos territoriales anunciados, el financiamiento y las autorizaciones estatales.
El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales. El Tribunal consideró que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata carecía de legitimación para promover aquella demanda, sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la derogación. Diez días después, el 9 de octubre, la Corte volvió a intervenir y suspendió cautelarmente los efectos de ese artículo en otra causa, promovida por la asociación ambientalista Árbol de Pie. Ambas decisiones pueden consultarse en los acuerdos del 29 de septiembre (https://w2.csjn.gob.ar/novedades/detalle/14942) y del 9 de octubre (https://w1.csjn.gov.ar/novedades/detalle/15122), publicados por la Corte.
Durante ese intervalo se constituyeron seis sociedades por acciones simplificadas vinculadas con un mismo empresario, Maodong Xu. Los avisos del Boletín Oficial identifican como constituyentes a sociedades con denominación Inc., previamente inscriptas en Argentina, y registran el 1 de octubre como fecha de constitución de las seis nuevas S.A.S. Las publicaciones se distribuyeron entre el 6 y el 9 de octubre, coincidiendo las tres últimas con el segundo fallo de la Corte. Los documentos acreditan esa secuencia temporal y una estructura de administración común, mientras que eventuales adquisiciones inmobiliarias durante esos días permanecen pendientes de verificación.
Siete sociedades argentinas y un proyecto territorial de enorme escala
La primera sociedad identificada es Xcity Argentina S.A.S., constituida el 6 de mayo de 2026 y publicada en el Boletín Oficial del 19 de mayo. Su accionista constituyente es Xcity Argentina Inc., inscripta en febrero ante la IGJ. Maodong Xu figura como administrador titular y Yun Tao como suplente, con domicilio en avenida Córdoba 1352, primer piso, Ciudad de Buenos Aires. Fuente https://otslist.boletinoficial.gob.ar/ots/download/874afa6a3904b633f143758e3efb304a41427bd981d67269512e826e8d61ab2a/0/
El 6 de octubre aparecieron los avisos de Voltstone S.A.S. (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/segunda/A1533588/20261006) y Gridvera S.A.S. (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/segunda/A1533564/20261006). Al día siguiente se publicó Xcity Mining S.A.S. (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/segunda/A1534026/20261007). Finalmente, el 9 de octubre, se publicaron los instrumentos de Gridcrest S.A.S. (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/segunda/A1534875/20261009), Voltara S.A.S. (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/segunda/A1534891/20261009) y Terrawatt S.A.S. (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/segunda/A1534887/20261009).
Todas identifican a Xu y Tao como administradores y comparten domicilio en avenida Córdoba 1352. Sus objetos sociales comprenden actividades inmobiliarias y relacionadas con recursos naturales, junto con facultades para realizar inversiones y celebrar fideicomisos. Los avisos muestran un patrón de constitución y administración común. La identificación definitiva de los beneficiarios finales exige acceder a los legajos completos de las sociedades constituyentes y a la documentación correspondiente a sus jurisdicciones de origen. La palabra Inc. no alcanza para demostrar la jurisdicción estadounidense de cada sociedad.
El capital inicial declarado por Xcity Argentina S.A.S. fue de 715.600 pesos. Cada una de las seis sociedades constituidas en octubre declaró 767.600 pesos, lo que arroja un total de 5.321.200 pesos de capital social inicial. Esa cifra debe distinguirse de los recursos financieros de las sociedades extranjeras y de cualquier inversión posterior. Los avisos tampoco aportan información patrimonial suficiente para determinar si el grupo cuenta con el financiamiento necesario para ejecutar los proyectos que promociona.
El desembarco societario encuentra un antecedente comercial en la propia empresa. En diciembre de 2025 Xcity ya anunciaba una ciudad tecnológica asentada sobre aproximadamente un millón de acres en San Juan (https://www.xcity.ai/blog/solar-powered-ai-city-state). En su presentación territorial actual (https://xcity.ai/argentina-project) calcula una superficie cercana a 400.000 hectáreas, de las cuales proyecta destinar 240.000 a generación eléctrica y centros de datos. La propuesta incluye una infraestructura solar que, según sus estimaciones, podría alcanzar 100 GW de capacidad. Las superficies y potencias son declaraciones y proyecciones comerciales del grupo y no prueban dominio ni inversión efectiva.
Derechos sobre tierras comercializados mediante activos digitales
La empresa dispone de una plataforma para captar inversores interesados en participar de su modelo de desarrollo territorial. En su página de suscripción (https://xcity.ai/economic/purchase), denominada Campo 13 · First Release, ofrece participaciones en paneles solares a las que vincula derechos de uso sobre parcelas durante 30 años. La plataforma contempla un anticipo del 10% y un sistema de identificación de unidades comerciales. Su documentación aclara que la representación visual de las parcelas no equivale a límites geográficos.
La dimensión jurídica de esta operatoria aparece desarrollada en la página Legal & Disclaimer (https://xcity.ai/legal). Allí Xcity sostiene que las tierras se encuentran bajo titularidad de una sociedad argentina y que los inversores extranjeros reciben derechos de uso mediante contratos respaldados digitalmente por NFT. El documento también contempla expresamente la utilización de múltiples entidades cuando las tenencias acumuladas de un inversor se aproximen a los límites legales sobre propiedad extranjera de tierras. El mecanismo requiere determinar quién ejerce el control económico de los inmuebles y quiénes son sus beneficiarios finales. Hasta el momento no se identificaron en la documentación comercial matrículas inmobiliarias, planos de mensura ni títulos que permitan acreditar la disponibilidad efectiva de las 400.000 hectáreas. Para resolverlo serían necesarios informes del Registro General Inmobiliario de San Juan y los contratos que respalden los derechos invocados.
Una compañía del grupo anuncia contratos energéticos en San Juan
Gridcrest (https://gridcrest.us/) se presenta como desarrolladora de energía solar para abastecer centros de datos de inteligencia artificial y anuncia un proyecto inicial sobre aproximadamente 405 hectáreas en San Juan. En su página afirma que dispone de un arrendamiento firmado, un contrato de ingeniería y construcción con un depósito de 640.000 dólares y un acuerdo de compraventa de electricidad a 40 dólares por MWh. La empresa identifica a Xcity Energy Inc. como comprador de la energía y menciona a Xcity Energy Development Inc. en la estructura del proyecto. No se identificaron públicamente el propietario del predio ni los instrumentos para verificar los contratos o desembolsos, y tampoco una central operativa.
Una propuesta de gobernanza privada y ciudadanía por inversión
El modelo institucional de Xcity incorpora una dimensión que excede el desarrollo inmobiliario convencional. En su documentación jurídica plantea organizar parte de la administración empresarial mediante una DAO, estructura que utiliza contratos inteligentes para ejecutar decisiones de sus participantes. También manifiesta su intención de solicitar al Gobierno argentino facultades de autogobierno parcial, mediante la eventual creación de un consejo de inversores con competencias sobre asuntos locales. La empresa expresa aspirar a esas facultades, pero no encontramos documentación estatal de otorgamiento. La propuesta presenta afinidades con corrientes internacionales favorables a las ciudades privadas, entre ellas algunas vinculadas intelectualmente con Peter Thiel. La investigación tampoco encontró prueba de participación empresarial o financiera de Peter Thiel, Founders Fund o Praxis en Xcity. Fuente https://xcity.ai/legal
La propuesta aparece mientras se discute en Argentina la incorporación de sociedades automatizadas y organizaciones autónomas descentralizadas al derecho societario. El proyecto legislativo impulsado por el Gobierno contempla disposiciones sobre administración algorítmica, cuyas implicancias han sido examinadas por el Instituto de Ciencias de la Computación de la UBA. El reconocimiento de sociedades DAO debe distinguirse de la concesión de facultades de gobierno territorial. Fuente https://exactas.uba.ar/web/documentos-exactas/sociedades-automatizadas/
El ofrecimiento de servicios migratorios constituye otro componente comercial. En su página dedicada a residencia y ciudadanía, Xcity promociona programas para inversores interesados en proyectos inmobiliarios y energéticos. La misma página presenta las ventajas del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones como atractivo para establecer actividades en Argentina. La publicidad incluye advertencias sobre condiciones legales y aprobaciones estatales. No encontramos documentación oficial de aprobación del RIGI para Xcity. La relación comercial entre inversiones privadas y ciudadanía requiere comprobar qué procedimientos migratorios están efectivamente habilitados. Fuentes https://xcity.ai/immigration y https://www.argentina.gob.ar/economia/rigi
Los libros de Xu y la idea de las superciudades-Estado
Las ideas de organización territorial que Xcity proyecta para San Juan también aparecen en una serie de libros atribuidos editorialmente a su presidente, Maodong Xu. El registro bibliográfico de Google Books identifica a Xu como autor de Super City-States. Transformation of Cities and Nations in the Age of AI, publicado el 11 de octubre de 2025, y consigna como editorial a Xcity Argentina Incorporated. Su versión en chino, 超级城邦, figura publicada el 7 de octubre del mismo año. La síntesis de esta última describe ciudades-Estado en las que la inteligencia artificial transforma la gobernanza y la participación de los ciudadanos, con una visión de comunidades que reorganizan sus funciones mediante tecnología. Google Books, edición inglesa y edición china.
La colección incluye otros títulos que desarrollan nociones complementarias. Super Individuals examina la transformación del individuo bajo la inteligencia artificial, mientras que Super Companies presenta empresas pequeñas, automatizadas y capaces de operar internacionalmente. Apple Books atribuye a Maodong Xu la autoría y consigna a Xcity Argentina Inc. tanto como editorial como vendedora del libro, con fecha del 12 de octubre de 2025. Esos registros son evidencia de atribución formal y comercialización editorial y no permiten determinar si Xu redactó personalmente los manuscritos o utilizó colaboradores.
En su página institucional, la empresa cita explícitamente esos libros para fundamentar sus propuestas de superindividuos, superempresas y ciudades-Estado. Entre las máximas que Xcity atribuye a Xu figura la expresión inglesa “Code is law, and governance is a DAO”, presentada como principio de la ciudad que planea desarrollar. La continuidad entre sus publicaciones y el proyecto argentino es comprobable en el propio discurso empresarial, aunque la existencia de estas ideas no acredita autorizaciones políticas o territoriales del Estado argentino.
La fecha del sello editorial abre una pregunta registral adicional. Los libros identifican a Xcity Argentina Incorporated como editorial en octubre de 2025, mientras que los documentos públicos que pudimos localizar registran la inscripción argentina de Xcity Argentina Inc. en febrero de 2026 y la constitución de Xcity Argentina S.A.S. en mayo de 2026. Es necesario identificar la jurisdicción de origen y fecha de constitución de la editorial y comprobar si corresponde efectivamente a la misma persona jurídica que aparece en los avisos argentinos. Una fecha bibliográfica anterior a una inscripción local no demuestra por sí misma una irregularidad.
Tampoco se encontró una fotografía fechada, cobertura periodística, reunión institucional u otra constancia pública que permita confirmar que Xu haya viajado personalmente a Argentina para promover Xcity. Su designación como administrador con domicilio especial en la Ciudad de Buenos Aires acredita un rol societario y una dirección a efectos jurídicos, sin probar residencia ni presencia física. Aviso de constitución.
Los antecedentes del empresario que encabeza el emprendimiento
Maodong Xu desarrolló una trayectoria vinculada con empresas tecnológicas y operaciones de inversión en China y Estados Unidos. Su actividad registra antecedentes regulatorios y judiciales relevantes para evaluar los nuevos negocios que promociona. El 31 de octubre de 2019, la Comisión Reguladora de Valores de China dictó su resolución 18/2019, mediante la cual impuso a Xu una inhabilitación de por vida para determinadas actividades profesionales y cargos en el mercado bursátil chino. El organismo estableció su responsabilidad en graves infracciones relacionadas con la información financiera de Tianma Bearing Group, compañía que controlaba. Fuente https://www.csrc.gov.cn/csrc/c101928/c1042388/content.shtml
En Estados Unidos afrontó litigios vinculados con inversiones en empresas de su antiguo grupo tecnológico. Una sentencia de la Cámara de Apelaciones de Nueva York del 8 de julio de 2026 examinó el intento de ejecutar una sentencia china contra Xu y otras reclamaciones relacionadas con activos patrimoniales. El tribunal rechazó o dejó sin efecto varias pretensiones y permitió continuar una acción específica. Esos litigios no establecen responsabilidad de Xcity por las operaciones que actualmente promociona en Argentina. Los antecedentes regulatorios del fundador refuerzan la importancia de identificar las sociedades aportantes de capital, las condiciones de las ofertas y la documentación de los derechos de uso prometidos. Fuente https://www.nycourts.gov/reporter/current/3dseries/2026/2026_04337.shtml
Las reformas societarias y las preguntas abiertas sobre el territorio
La constitución de las seis nuevas S.A.S. se produjo después de una modificación del régimen registral argentino. El 22 de septiembre de 2026, la IGJ publicó la Resolución General 11/2026, que flexibilizó las exigencias relativas al objeto social y suprimió, con determinadas excepciones, la precalificación profesional obligatoria para constituir sociedades. La reforma admite objetos que comprendan actividades diferentes sin necesidad de acreditar conexidad y elimina la exigencia de adecuar el capital al objeto declarado. El Gobierno fundamentó estos cambios en la simplificación administrativa. Fuente https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347799/20260922
La coincidencia entre el nuevo marco registral, los fallos sobre la Ley de Tierras y las constituciones de octubre permite estudiar cómo interactúan las reformas con las decisiones de inversión de empresas internacionales. Los registros disponibles acreditan fechas de constitución y características formales de las sociedades. Una estrategia coordinada para aprovechar la ventana judicial requiere pruebas adicionales sobre contratos, operaciones territoriales o comunicaciones empresariales.
El proyecto concentra cuestiones importantes para Argentina ante la expansión internacional de centros de datos. La disponibilidad de grandes superficies rurales condiciona dónde se desarrolla infraestructura energética, mientras la utilización de sociedades vinculadas puede dificultar el seguimiento público de quienes ejercen control económico del territorio. La investigación deja pendientes dos comprobaciones fundamentales. La primera consiste en determinar qué derechos tienen Xcity y sus sociedades vinculadas sobre los campos anunciados en San Juan, especialmente las 405 hectáreas cuyo arrendamiento declara Gridcrest. La segunda requiere reconstruir el origen del financiamiento y los beneficiarios finales de las entidades intervinientes.
La sucesión de decisiones judiciales sobre el artículo 154 del DNU 70/2023 agrega incertidumbre al régimen que regula la propiedad rural extranjera. La discusión de la derogación definitiva del decreto y la necesidad de una legislación integral de centros de datos adquieren especial importancia frente a iniciativas que proyectan intervenir sobre extensiones territoriales de esta magnitud. Para evaluar su viabilidad y efectos sobre el interés público será necesario disponer de información registral, ambiental y financiera que contraste las ofertas comerciales con las inversiones realmente comprometidas.
Documentos principales
- Corte Suprema de Justicia de la Nación — Acuerdos del 29 de septiembre de 2026
- Corte Suprema de Justicia de la Nación — Acuerdos del 9 de octubre de 2026
- Xcity — Legal & Disclaimer
- Xcity — Argentina Project
- Boletín Oficial — Gridcrest S.A.S. · 9 de octubre de 2026
- Comisión Reguladora de Valores de China — Resolución 18/2019 · Maodong Xu
- Boletín Oficial — Resolución General IGJ 11/2026 · 22 de septiembre de 2026
- Tribunales del Estado de Nueva York — Sentencia del 8 de julio de 2026 · 2026_04337
- Google Books — Super City-States · edición inglesa · 11 de octubre de 2025
- Google Books — 超级城邦 · edición china · 7 de octubre de 2025
- Google Books — Super Individuals · Maodong Xu
- Apple Books — Super Companies · 12 de octubre de 2025
- Xcity — About Xcity · libros y principios atribuidos a Maodong Xu
- W20 Argentina — Xcity Argentina S.A.S. · aviso del 19 de mayo de 2026